Corredor Responsable: Monica Alejandra Mazza CUCICBA 5609 / Ezequiel Luceti CMCPSI 6635 -
Contacto: Magda Elena Casariego Galvez
DEPARTAMENTO 2 AMBIENTES EN ALQUILER TEMPORARIO - BARRIO NORTE - CAPITAL FEDERAL
Departamento de 45 m² ubicado estratégicamente en Azcuénaga 1000, a una cuadra de Av Santa Fe, en pleno Barrio Norte de Capital Federal.
Situado en el segundo piso de un edificio de 8 niveles construido en 1970, ofrece una excelente ubicación a dos cuadras de la zona de universidades, específicamente cerca de la Facultad de Medicina de la UBA.
El inmueble presenta una distribución funcional con dos ambientes luminosos, caracterizados por grandes ventanales y dos balcones que potencian la entrada de luz natural.
Cuenta con una superficie total de 49 m², distribuidos en 45 m² cubiertos y 4 m² semicubiertos, clasificado como apto profesional en estado general bueno.
Equipamiento incluye: cama matrimonial divisible, baño completo, lavarropas, heladera, sillón cama, mesa con sillas y conexión wifi.
Entre sus amenities se destacan ascensor y aire acondicionado.
El departamento cuenta además con servicios de electricidad, agua, teléfono, desagüe cloacal y televisión por cable.
Condiciones de alquiler:
600 USD más impuestos, con dos meses de depósito, un mes adelantado.
Expensas actuales de $182.000, con ajuste trimestral por IPC.
Propiedad ideal para profesionales o estudiantes que buscan una ubicación céntrica con todos los servicios y comodidades.
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble es accesible para personas con discapacidades físicas.