Ubicada en el prestigioso barrio de San Isidro, esta casa en Acassuso 1219 ofrece una oportunidad única para quienes buscan una propiedad moderna y funcional. Construida recientemente, esta vivienda garantiza calidad y confort, con planos conforme a obra y escritura inmediata.
La propiedad cuenta con una superficie total de 236 m², de los cuales 82 m² están cubiertos. La distribución en una sola planta facilita el acceso, siendo ideal para personas con movilidad reducida. Consta de 1 habitación, en suite con amplio closet.
El espacio interior está cuidadosamente diseñado, con un living comedor amplio que se integra a una galería luminosa. La cocina se complementa con una despensa y lavadero, y se conecta directamente al patio y jardín, donde se encuentra una pileta perfecta para disfrutar en verano.
Entre los servicios, se destacan el agua corriente, gas natural, electricidad, internet y cable, además de losa radiante que asegura el confort térmico. La propiedad también cuenta con agua caliente central e individual.
En el exterior, la casa ofrece un estacionamiento descubierto para un vehículo y calles pavimentadas que facilitan el acceso. La ubicación en San Isidro proporciona un entorno apacible y bien conectado, cercano a vías principales y transporte público.
En resumen, esta casa es una excelente opción para quienes buscan una vivienda moderna, bien ubicada y con todas las comodidades necesarias para una vida confortable. Ideal para familias o parejas que valoran la calidad y el diseño en un entorno privilegiado.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.