ALQUILER TEMPORARIO PERIODO PRECIO Enero USD5.000 Febrero USD4.200
Casa quinta en alquiler de verano – Chacras de Alcalá, Bella Vista
Excelente casa quinta ubicada en el barrio cerrado Chacras de Alcalá, en Bella Vista. Ideal para disfrutar del verano en familia, con amplios espacios interiores y exteriores y capacidad para 8 a 10 personas.
La casa cuenta con un cómodo living comedor, cocina independiente con playroom integrado y un segundo playroom de amplias dimensiones, ideal como espacio de juegos y entretenimiento.
Dispone de 4 dormitorios y 3 baños completos, además de lavadero.
En el exterior se destaca su gran jardín con pileta, equipada con cerramiento de seguridad para niños y baño exterior exclusivo para el sector de pileta.
La propiedad cuenta además con un quincho cerrado con parrilla, perfecto para disfrutar de reuniones y comidas durante todo el verano.
Características principales:
Capacidad para 8/10 personas
4 dormitorios
3 baños completos
Living comedor
Cocina independiente
2 playrooms
Lavadero
Gran jardín
Pileta con cerramiento para niños
Baño exterior para sector de pileta
Quincho cerrado con parrilla
Barrio cerrado
DISPONIBLE: Enero 2027 USD 5000
Febrero 2027 USD 4200
Importante: el valor del alquiler no incluye la limpieza de salida.
(EF)
MARIA VICTORIA SARACHAGA CORDEU
CMCPSI 7247 CUCICBA 9956
El inmueble no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Nota importante: Las imágenes en este anuncio son meramente ilustrativas no teniendo carácter contractual.
El importe de expensas e impuestos anunciados ha sido extraído de la facturación y documentación aportada por el propietario, siendo orientativo y no vinculante, encontrándose sujeto a variaciones sin previa publicidad.
Las medidas aportadas en esta publicación son aproximadas y a título informativo. La medida original surgirá de los respectivos planos y/o escritura del inmueble En cumplimiento de la leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802, Ley 24.240 y las normas jurídicas contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación, todas las operaciones inmobiliarias serán objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero público y corredor inmobiliario colegiado a cargo, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A