Monoambiente lateral en alquiler, en noveno piso, muy luminoso. En Almagro. Living-comedor con balcón francés y pisos de parque, luminoso y ventilado. Placard empotrado con buen espacio de guardado y estufa tiro balanceado. Cocina separada, con mobiliario de alto y bajo mesada. Artefacto de cocina a gas, espacio y conexión para lavarropas. Calefon a gas y ventilación al exterior. Baño completo con bañera. Superficie aproximada Living: 5x3 Cocina: 3x1,5 Baño: 2x1,5 El edificio cuenta con encargado fijo. Requisitos de ingreso:- Recibos de sueldo o justificación de ingresos, que tripliquen el valor del alquiler.- - Garantía propietaria (Caba) o Seguro de caución.- Adelanto: 1 mes de alquiler + 1 mes de deposito.- Contrato por 2 años con actualización cuatrimestral (ICL.-) LEY 5115 – ACCESIBILIDAD MOVILIDAD, INMUEBLE ACCESIBLE A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA.LAS MEDIDAS Y SUPERFICIES EXPUESTAS SON APROXIMADAS, LOS DATOS DEFINITIVOS SURGIRÁN DEL TÍTULO DE PROPIEDAD. LAS IMÁGENES EXPUESTAS SON DE CARÁCTER NO CONTRACTUAL. RESPONSABLE MATRICULADO: FACUNDO SAMBUCARI MATRÍCULA CUCICBA N º 7847.-EN COMUN CON MARCELO MAVICA MATRÍCULA CUCICBA Nº 8227. *El valor de la Expensa mencionada es orientativo e informadas por el propietario del inmueble, las mismas pueden estar sujetas a variación y/o modificación sin previo aviso. AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas y/o gastos comunes, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas con carácter previo a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales de confianza las copias necesarias de la documentación que corresponda. Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato (conf. el Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A)