Corredor Responsable: RMX 1 SAS - Lucas Norman CUCICBA 8008 / CMCPSI 6743 -
Contacto: Ezequiel Borja
ALQUILER MONOAMBIENTE CON BALCON AL FRENTE!
Al ingresar a este departamento, te recibirá un espacio luminoso y comodo que podrás ambientar a tu estilo. Cuenta con una cocina separada que cuenta con alacenas y muebles bajo mesada, un baño completo y un balcón al frente que aporta una excelente vista y ventilación. Es ideal para quienes buscan comodidad y funcionalidad en un entorno agradable.
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Colectivos: 15, 19, 26, 36, 39, 57, 90, 92, 99, 106, 109, 110, 127, 140, 141, 151, 160, 168
A 400 metros de la estacion de subte \"Medrano\" de la linea B.
REQUISITOS:
* Contrato por 2 años.
* 1 mes por adelantado.
* 1 mes de depósito.
* Garantía de fianza.
* Ingresos demostrables que tripliquen el valor del alquiler.
* Incremento trimestral por ICL.
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Corredor responsable Lucas Norman CMCPSI 6743 / CUCICBA 8008. En cumplimiento de las leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados. Los metros y superficies informados son aproximados, dejando expresa constancia que los definitivos son los que surjan del título de propiedad y/o planos y/o cédula catastral del inmueble objeto de la presente. Comercialización Exclusiva RE/MAX “Líder Mundial en Servicios Inmobiliarios”.
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.