AMPLIO Y LUMINOSO MONOAMBIENTE CON TOILETTE – EXCELENTE UBICACIÓN Excelente monoambiente sobre Av. Honorio Pueyrredón, en un edificio de pocos años de antigüedad y en una ubicación privilegiada, con muy buena conectividad y cercanía a comercios, servicios y medios de transporte. La unidad se destaca por sus generosas dimensiones y excelente luminosidad, con sol de mañana, que aporta calidez y luz natural a todo el ambiente. Su distribución permite diferenciar cómodamente el sector de descanso del área de estar y comedor. Como gran diferencial, cuenta con baño completo y toilette de recepción, una característica poco habitua y que suma comodidad y funcionalidad. Una propiedad moderna, muy luminosa, ideal tanto para vivienda propia como para inversión. Características destacadas: * Amplio ambiente * Excelente luminosidad * Sol de mañana * Baño completo + toilette * Edificio de pocos años de antigüedad * Excelente ubicación sobre Av. Honorio Pueyrredón * Muy buena conectividad Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones CABA - CUCICBA Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión LEY 5859 – ART. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.