SQUARE 39 Ubicado en una zona privilegiada por su rapido acceso a Panamericana, este moderno complejo ofrece una excelente oportunidad para quienes buscan un hogar cómodo, moderno y bien ubicado. El departamento cuenta con un ambiente muy amplio, 1 baño completo, balcón, terraza cubierta con doble acceso y un espacio de estacionamiento propio. Su orientación garantiza abundante luz natural durante todo el día , ideal para disfrutar de su balcón y terraza cubierta privada. Con una superficie cubierta de 40 m2, balcon y una terraza techada con parrilla de 36 m2, el espacio está optimizado para el confort. y el disfrute. La propiedad tiene vista a los jardines del complejo y pileta brindando un entorno privado, super natural y atractivo, Entre sus amenities se incluyen pileta, solarium, gimnasio, sala de reuniones y terraza de uso común entre otras. Tiene seguridad las 24 horas, así como accesibilidad para personas con movilidad reducida, asegurando un entorno seguro y accesible para todos los residentes. Esta propiedad es perfecta para quienes valoran la tranquilidad, el confort y la cercanía a los comercios. Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones CABA - CUCICBA Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión LEY 5859 – ART. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.