Corredor Responsable: Verónica Pave CPI 8897 / Ezequiel Luceti CMCPSI 6635 -
Contacto: Valeria Coss
MONOAMBIENTE EN ALQUILER CON BALCÓN EN TORRE OM BOTÁNICO, PALERMO.
En el corazón de Palermo, sobre la avenida Araoz al 2300, se alza la Torre OM Botánico, un edificio de vanguardia donde este monoambiente ocupa el piso 8 de una estructura de 22 niveles.
La unidad despliega una distribución inteligente que maximiza cada rincón, respira luminosidad y ventilación natural. Cuenta con cocina integrada, desayunador, espacio para living/dormitorio, baño completo y balcón. Aire acondicionado.
El edificio cuenta con Amenities de categoría:
-Piscina
-Gimnasio
-Sala OM: ofrece un espacio dedicado al yoga y la relajación.
-Coworking,
-Salón de usos múltiples,
-Solarium,
-Laundry
-Seguridad 24 horas
La ubicación es estratégica. Líneas de colectivos numerosas conectan con toda la ciudad: 10, 12, 15, 29, 36, 37, 39, 41, 57, 59, 60, 64, 68, 93, 95, 108, 110, 111, 118, 128, 141, 152, 160, 188 y 194. Las estaciones de subte Bulnes y Raúl Scalabrini Ortiz de la Línea D quedan a pocos pasos, garantizando movilidad ágil hacia cualquier punto de la ciudad.
Palermo rodea esta torre con sus espacios verdes, propuestas culturales, gastronómicas y comerciales de nivel. Parques, librerías, galerías, restaurantes y bares conforman un entorno donde la calidad de vida se respira en cada cuadra.
Requisitos:
1 mes de adelanto
1 mes de depósito
Contrato a 2 años
Seguro de caución
MUDATE A LA VIDA QUE QUERÉS!
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.