Corredor Responsable: UNO BIENES RAICES S.R.L. - NICOLÁS SUNDBLAD CPI 7144 / CSI 5821 -
Contacto: Natalia Sánchez
MONOAMBIENTE EN ALQUILER EN SAN TELMO, CAPITAL FEDERAL
Con muebles y equipado para 2 personas máximo
DISPONIBLE PARA INGRESAR A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2026 (las visitas si las podemos coordinar para ir antes, con tiempo)
Renta mínima 12 meses
apto profesional - No apto mascota - No apto niños
Ubicado en piso 22, NO INCLUYE COCHERA
REQUISITOS PARA INGRESO:
PAGO EN DOLAR BILLETE
SEGURO GARANTOR O FINAER (NO OTRO)
MES DE ADELANTO Y 2 DE DEPOSITO
INFORME VERAS
ANTECEDENTES PENALES LOCATARIO
SEGURO DE INCENDIO
A CARGO DEL INQUILINO EDESUR, AGUA (QUE VIENE INCLUIDO EN EXPENSAS), EXPENSAS ORDINARIAS Y AGYP
A CARGO DEL PROPIETARIO EXPENSAS EXTRAORDINARIAS
Características del espacio
• Superficie de 46 m² distribuidos de manera funcional y luminosa
• 42 m² cubiertos que optimizan cada rincón del ambiente
• 4 m² semicubiertos que amplían la sensación de amplitud
• Monoambiente versátil, ideal para profesionales o parejas jóvenes
• Baño completo con acabados modernos
• Construcción de 2016 con estándares de calidad contemporáneos
Ubicación estratégica
San Telmo es sinónimo de autenticidad porteña. Desde este piso 22, la ciudad se despliega bajo los pies, mientras el barrio ofrece galerías de arte, bares históricos, mercados tradicionales y una vida cultural vibrante. Azopardo conecta directamente con las principales arterias de la zona, facilitando el acceso a transporte público y servicios.
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RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.