EXCLUSIVO MONOAMBIENTE CON DOS BALCONES TERRAZA Y PARRILLA PROPIA EN VILLA CRESPO
¡Una propiedad verdaderamente única en el mercado! Se trata de un espectacular monoambiente súper luminoso y funcional, ubicado en una de las zonas más buscadas de Villa Crespo. Con aproximadamente 20 años de antigüedad, la unidad destaca por su excelente distribución, ventilación cruzada y un espacio exterior privado difícil de encontrar.
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:
Espacio Exterior Exclusivo: Cuenta con dos balcones terraza propios. El principal está equipado con parrilla de material, ideal para disfrutar de encuentros al aire libre.
Ambiente Principal: Amplio, muy luminoso y con vistas despejadas.
Cocina Integrada: Equipada con amoblamiento completo (alacena y bajo mesada), artefaco de cocina a gas y mesada de granito.
Vestidor: Sector de guardado independiente de gran capacidad.
Baño Completo: Con bañera, sanitario completo y ventilación directa al exterior que garantiza luz natural y circulación de aire.
(Nota: La propiedad se entrega totalmente sin muebles).
UBICACIÓN Y TRANSPORTES:
Excelente conectividad en el corazón de Villa Crespo, con rápido acceso a múltiples avenidas y medios de transporte.
Subte: A pocas cuadras de la Estación MALABIA (Línea B).
Líneas de Colectivos cercanas: 15, 19, 24, 36, 55, 57, 65, 71, 76, 90, 92, 99, 105, 106, 109, 110, 119, 124, 127, 141, 146.
Requisitos: Garantia de CABA (o seguro de caución) e ingresos comprobables.
No permite mascotas
Contrato a 2 años con ajuste trimestral por IPC
¡Una oportunidad imperdible tanto para vivienda como para inversión! Contáctanos para coordinar tu visita.
---------------------------------------
VREMONT Treus
Matricula CUCICBA 6830
Corredor Inmobiliario: Matias Treus Peciar.
-
-En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial.
-Ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.
-Ley 5859 - Art. 4: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
-Ley 5115 – Art. 1: El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas. (Salvo que en la descripción figure lo contrario)
-Se deja constancia que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.