VENTA | ACASSUSO | 2 AMBIENTES LUMINOSO SOBRE AV. SANTA FEUbicación, luz y practicidad en pleno corazón de Acassuso. Sobre Av. Santa Fe al 700, en una de las zonas más activas y comerciales de Acassuso, se encuentra este departamento de 2 ambientes y 51 m² totales, ubicado en un primer piso al frente. La propiedad se destaca por su excelente luminosidad y sus cómodas dimensiones, con una distribución funcional que aprovecha muy bien los espacios. Cuenta con living-comedor al frente, dormitorio independiente en suite , cocina y balcon a la calle, conformando una unidad cómoda y versátil tanto para vivienda propia como para inversión. Se encuentra en un edificio sólido y bien construido, una característica que suma valor y acompaña el buen potencial de la propiedad. Una ubicación para resolver todo caminando Su localización es uno de sus principales diferenciales. Estar sobre Av. Santa Fe permite tener a pocos pasos una amplia variedad de comercios, gastronomía, servicios y medios de transporte, además de una excelente conexión con los principales accesos de Zona Norte. Una muy buena oportunidad para quienes buscan vivir en Acassuso con todo cerca, o para quienes priorizan una propiedad con características atractivas para el mercado de renta. 51 m² totales | 2 ambientes | 1° piso al frente | Muy luminoso | Edificio sólido | Av. Santa Fe al 700 | Acassuso Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones CABA - CUCICBA Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión LEY 5859 – ART. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.