Upgrade Lite, un edificio de categoría en una de las zonas más lindas de Saavedra. Alquiler 2 ambientes, 1 suite y toilette, con balcón aterrazado a estrenar. Sup cub: 59 m2 Sub desc: 5 m2 Sup total: 64 m2 Se ingresa a un hall distribución al living comedor con salida al balcón aterrazado de 5m2. Toilette recepción. 1 suite con placard doble puerta con interior de placard. 1 baño completo con bañera, se entrega con espejo. Cocina equipada con muebles Arquimadera, horno y anafe Samsung, mesada de Silestone y bacha de acero inoxidable Johnson. Preinstalación de equipos de aire frío/calor tipo split, con el espacio previsto para la unidad exterior en el balcón. Agua caliente central por termotanques generales. Seguridad por totem. Amenities Piscina, solárium, SUM, parrilla, quincho, gimnasio, sala de juegos y vigilancia. Apto mascotas. Apto para personas con movilidad reducida. Iluminación de emergencia y sistema contra incendio reglamentario con escalera de evacuación. Condiciones para el ingreso, contrato por 24 meses, 1 mes adelanto, 1 mes deposito garantia, solo se acepta seguro de caucion de Total Fianza sugerido por la propietaria (paso contacto del agente). Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones CABA - CUCICBA Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión LEY 5859 – ART. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.