Alquiler 2 ambientes San Telmo, Capital Federal
REQUISITOS: CONTRATO POR 1 AÑO (POSIBILIDAD DE 2 AÑOS) AJUSTE TRIMESTRAL POR IPC. 1 MES DE ADELANTO, 1 MES DE DEPOSITO (USD500). GARANTIA DE CABA (EXCLUYENTE A PREFERENCIA DEL PROPIETARIO) O SEGURO DE CAUCION. SE ACEPTA 1 MASCOTA MEDIANA, (NO RAZA PELIGROSA). EXPENSAS $170000 (APROX) INCLUYE AYSA, GAS (POR AGUA CALIENTE CENTRAL) CABLEVISION (NO WI FI)
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Mariano Saleh - Matricula C.U.C.I.C.B.A. 3639 / CPMCLZ 3815 ESV Propiedades S.A.
La propiedad que figura en esta publicación se encuentra a cargo del profesional matriculado, por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él.Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.En cumplimiento de la Ley 5859, Art. 4, se deja constancia que Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes-Las medidas consignadas en la publicación son aproximadas, las reales surgirán del título de propiedad o documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa.Los gastos y valores de expensas expresados se deben a la última información recabada y deberán confirmarse.Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Mariano Saleh - Matricula C.U.C.I.C.B.A. 3639 / CPMCLZ 3815 ESV Propiedades S.A.
La propiedad que figura en esta publicación se encuentra a cargo del profesional matriculado, por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él. Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas. En cumplimiento de la Ley 5859, Art. 4, se deja constancia que Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al 4.15% del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias en CABA-
Las medidas consignadas en la publicación son aproximadas, las reales surgirán del título de propiedad o documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Los gastos y valores de expensas expresados se deben a la última información recabada y deberán confirmarse.
Fotografías no vinculantes ni contractuales. XINTEL(ESV-ESV-1819)