Corredor Responsable: Walter Pascualini CPI 3763 CSI 5601 -
Contacto: Marina Itatí Castagnino
DEPARTAMENTO 2 AMBIENTES EN ALQUILER VILLA CRESPO CAPITAL FEDERAL
Departamento de dos ambientes ubicado en la avenida Acevedo, en el corazón de Villa Crespo. La propiedad se sitúa en el séptimo piso de un edificio de diez plantas, ofreciendo una posición privilegiada con disposición contrafrente que garantiza iluminación natural y ventilación constante.
Con 40 metros cuadrados de superficie cubierta, el inmueble presenta una distribución funcional y eficiente. Cuenta con dormitorio, baño completo, cocina independiente y living comedor integrado. El dormitorio dispone de placard, optimizando el almacenamiento en un espacio compacto.
La unidad incluye aire acondicionado y calefacción por tiro balanceado, asegurando confort durante todo el año. El edificio cuenta con ascensor, rampa para discapacitados en la entrada del edificio, y acceso a servicios básicos de electricidad, agua y gas. Construido en 1981, el inmueble mantiene una estructura sólida y funcional.
La ubicación en Villa Crespo representa una ventaja estratégica, con proximidad a comercios, transporte público y servicios. La zona es reconocida por su dinamismo y accesibilidad, convirtiéndola en una opción atractiva tanto para inquilinos como para inversores que buscan rentabilidad en un barrio consolidado de la Capital Federal.
LAS EXPENSAS publicadas corresponden al mes SEPTIEMBRE 2026
REQUISITOS:
- Contrato por 24 meses.
- Aumento por IPC trimestral.
- Garantía propietaria o Seguro de Caución.
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.