Impecable departamento en 9no piso al frente, muy luminoso, edificio de categoría en torre con amenities.
DISPONIBLE DESDE OCTUBRE 2026.
Amplio dos ambiente con salida al balcón aterrazado en L en esquina, con vista a hermosos atardeceres.
Hall de ingreso que nos lleva al living comedor. Cocina integrada con anafe y horno eléctrico, alacena y bajo mesada con espacio para conectar lavarropas ó lavavajillas, y heladera.
1 toilette.
Un dormitorio en suite con 1 baño completo con bañera.
Pre instalacion para AA frío calor. Excelente calidad y terminaciones con DVH y porcelanatos, griferias y sanitarios modernos.
Apto profesional y macota chica.
Condiciones para el alquiler: mes de adelanto, mes deposito garantia, contrato de seguro total sobre el inmueble (aprox usd100.- al tipo cambio oficial). Seguro de caucion de empresa referida del propietario (No acepta garantía propietaria)
Edificio de categoría Upgrade Key. Se desarrolla sobre dos esquinas y se ubica sobre las calles San Martín, Pareja y Lavallol, en el barrio de Devoto. uenta con departamentos de 3, 2 y monoambientes.
Moderna construcción y todos los medios de comunicación, Línea de tren Urquiza, estación "El Libertador" a una cuadra. Líneas de colectivos: ****,123 y 176.
El edificio contará con los siguientes Amenities: Sum, Gym y pileta.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.