Amplio departamento en 4° piso sobre Palpa al 2300, a metros de Av. Cabildo, en unas de las zonas mas consolidadas y buscadas de Belgrano.
Cuenta con 157 m² totales de los cuales 136 m² son cubiertos, 9,87 m² semicubiertos y 11,55 m² de balcon aterrazado al frente con canteros, vista abierta y arbolada.
Distribución:
- Living-comedor amplio y luminoso, con salida al balcón con ambiente integrado al living hoy utilizado como sala de TV
- Cocina con espacio para comedor diario, barra desayunadora, con mesada de granito y pisos ceramicos
- 2 dormitorios con pisos de madera y amplios ventanales
- 2 baños completos, uno de ellos con vestidor integrado
- Dependencia de servicio muy amplia, con baño independiente
- Lavadero
- Parrilla
Incluye cochera y baulera en el edificio.
EL EDIFICIO, de muy buena construcción, cuenta con hall de acceso revestido en piedra y entrada vehicular a cocheras.
En cumplimiento de la normativa que regula el corretaje inmobiliario (Ley 25.028, Ley 2340 CABA y Código Civil y Comercial de la Nación), de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial y de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, se informa que la intermediación y conclusión de la operación está a cargo del corredor inmobiliario matriculado cuyos datos se consignan.
Las medidas y superficies consignadas son aproximadas y al solo efecto orientativo; las definitivas surgirán del título de propiedad, reglamento de copropiedad y planos. Las fotografías y videos son ilustrativos y no contractuales. El mobiliario, artefactos y equipamiento que se observan en las imágenes no se encuentran incluidos salvo que expresamente consten en el contrato de locación y su inventario. Los valores de expensas, tasas, impuestos y servicios son aproximados y están sujetos a verificación. El valor locativo publicado puede ser modificado sin previo aviso. Las condiciones definitivas (plazo, moneda, ajuste, garantías y depósito) serán las que se pacten en el contrato de locación.
Condiciones de accesibilidad (Ley 5115 CABA): No apto
LEGAL – Ley 2340 CABA, art. 10 inc. 8 (incorporado por Ley 5859, art. 4): “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.”
Corredor interviniente: Pampuri Servicios Inmobiliarios CUCICBA 9263