Excelente Dúplex 3 ambientes con balcón y terraza, muy luminoso a estrenar en edificio de categoría a cuadras de la estación y parque, zona tranquila.Living comedor integrado a la cocina con barra desayunador y salida a balcón, cerradura electronica.calefaccion y agua caliente central .1 dormitorio con placar de puertas corredizas e interirores, ventanas doble vidrio 1 dormitorio con placar e interiores.TOILETTE Y BAÑO COMPLETO .LAUNDRYEDIFICIO A ESTRENAR DE 3 PISOSDISPONIBLE VARIAS UNIDADES LISTO PARA ESCRITURAR !!!!!Rosana Mancini PropiedadesMartillera responsable,Rosana Mancini.CMCPSI / CUCICBA5516 / 5087Servicios: Electricidad, Pavimento, Cloacas, Gas, Agua CorrienteOtros Servicios: Terraza, Balcón, Portero visorArtículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmueblesArtículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra accesibleAVISO LEGAL: Se hace saber que las características descriptas del inmueble publicado, calidades y cualidades constructivas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, y medidas y superficies, son aproximados y consignadas en base a datos que fueron proporcionados por el propietario y que pueden no ser exactos y/o no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso, pudiendo surgir discordancias con los datos que surgen de la documentación respectiva. Las medidas y superficies son estimativas, las exactas surgen de los títulos y planos legales del inmueble. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).-