ALQUILER TRADICIONAL EN PALERMO CHICO - 120 M² - 3 DORMITORIOS - PISO ALTO CON COCHERA
En una de las zonas más lindas y buscadas de Palermo Chico, amplio departamento de 120 m², ubicado en piso alto, con excelente luminosidad y vistas al contrafrente.
De época y en buenas condiciones, conserva ambientes amplios y cómodos, con una distribución funcional.
El living comedor se destaca por sus grandes ventanales, que aportan mucha luz natural y una agradable sensación de amplitud.
Cuenta con cocina independiente con lavadero y toilette de recepción.
El sector privado dispone de tres dormitorios.
Posee además dos baños completos.
Calefacción por losa radiante y aire acondicionado.
El edificio cuenta con encargado,
Vigilancia las 24 hs y rampa de acceso para personas con movilidad reducida.
Cochera móvil.
Una excelente opción para vivir en Palermo Chico, combinando amplitud, luminosidad, vistas abiertas y la comodidad de una ubicación privilegiada.
EL PRECIO DEL ALQUILER ES MAS SERVICIOS Y EXPENSAS.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.