ESPACIO PROFESIONAL EN ALQUILER EN SAN ISIDRO CENTRO | 86 m² | OFICINAS Y CONSULTORIOS ¿Buscás un espacio bien ubicado para instalar tu estudio, consultorio o actividad profesional? En pleno centro de San Isidro, sobre Ituzaingó al 400, te ofrecemos este espacio de 86 m² cubiertos, con ambientes independientes que permiten organizar diferentes áreas de trabajo y atención en un mismo lugar. Su distribución brinda múltiples posibilidades para profesionales, empresas y emprendimientos que necesitan privacidad, comodidad y espacios diferenciados. ¿QUÉ ESPACIOS OFRECE? Salón principal al frente. Ambientes independientes para oficinas, consultorios o salas de atención. Sector para recepción o área administrativa. Depósito de amplias dimensiones. Baño privado. IDEAL PARA: Estudios jurídicos y contables. Escribanías y consultoras. Consultorios y espacios de atención profesional. Estudios de arquitectura y diseño. Institutos y centros de capacitación. Oficinas administrativas y comerciales. UBICACIÓN ESTRATÉGICA Situado sobre Ituzaingó al 400, en pleno centro de San Isidro, a metros de Avenida Centenario y con rápido acceso a Avenida del Libertador. Próximo a la estación San Isidro del Ferrocarril Mitre y a diversas líneas de transporte público. Un espacio versátil para darle lugar a tu próximo proyecto profesional. Consúltame para conocer más detalles y coordinar una visita. ¡¡Ya se encuentra disponible!!!! Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones CABA - CUCICBA Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión LEY 5859 – ART. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.