¡Oportunidad Única en Brandsen! PH de 2 Dormitorios con Terraza y Patio de Invierno – Apto Crédito Hipotecario
Descubrí esta encantadora propiedad que combina comodidad, diseño y funcionalidad en cada rincón. Ubicada en una zona tranquila de Brandsen, este PH de dos plantas es ideal para familias que buscan espacio y calidad de vida.
? Características destacadas:
2 dormitorios amplios, incluyendo un dormitorio principal con vestidor.
Cocina americana integrada a un luminoso living comedor, perfecta para reuniones y momentos en familia.
Baño completo en planta baja.
Patio de invierno, ideal para disfrutar de la luz natural todo el año.
Planta alta con ambiente tipo escritorio y salida directa a una terraza privada, perfecta para relajarse o trabajar desde casa.
? Apto para créditos hipotecarios – ¡Tu nuevo hogar más cerca de lo que pensás!
No dejes pasar esta oportunidad. ¡Contactanos y vení a conocerla!
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.