Características de la propiedad: Se trata de un departamento tipo “PH” de 3 ambientes ubicado en el 1º y 2º piso, al frente. En el primer piso hay un living-comedor con un gran ventanal, cocina luminosa, patio/lavadero techado y toilette; en el segundo piso hay dos dormitorios con amplios placards, balcón a la calle y baño completo; desde el segundo piso se accede a una escalera que lleva a una amplia azotea transitable. En la planta baja hay una cochera para dos autos chicos o uno grande. Es una propiedad muy luminosa y silenciosa. Cuenta con aire acondicionado frío y ventilador de techo en el living-comedor, estufa en un dormitorio y artefacto de cocina. El living-comedor tiene piso cerámico y los dormitorios, piso parquet. No se cobran expensas. En el primer piso son 40,94 m2 cubiertos y 7,94 m2 de patio/lavadero; En el segundo piso son 33,54 m2 cubiertos; la azotea mide 33,54 m2 y la cochera, 34,93 m2. La superficie total de la propiedad es de 165,35 m2.
Características de la zona: La propiedad se ubica sobre la calle Terrero al 200 entre las calles Bacacay y Bogotá, en el barrio de Flores. Es una zona residencial y tranquila. Cercanía con las Avdas. Boyacá, Avellaneda y Rivadavia; a dos cuadras hay una plaza; la calle Terrero tiene cruce peatonal de las vías del Ferrocarril Sarmiento, lo que permite acceder fácilmente a la Avda. Rivadavia y a la estación Carabobo de la línea “A” del subterráneo.
Condiciones del alquiler:
- Valor: $ 1.850.000 mensuales ajustables c/ 3 meses por IPC;
- Gastos: ABL, AySA y servicios a cargo del inquilino;
- Depósito de garantía: USD 1.200;
- Garantía propietaria C.A.B.A. o seguro de caución;
- Gastos de informes de antecedentes comerciales, verificación de garantía y certificación de firmas en contrato de locación son a cargo del inquilino.
Notas:
- Se deja constancia de que las medidas, superficies y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación y/o ajuste. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso.
- El inmueble publicado no es accesible para personas con capacidades físicas reducidas (ley 5.115).
- "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes" (ley 5.854).
- Todas las operaciones inmobiliarias se encuentran a cargo del profesional matriculado de la oficina, corredor inmobiliario Martín Horacio Pereira, matrícula 9735 CUCICBA. La intermediación y la conclusión de las mismas serán llevadas exclusivamente por él. Cada oficina es de propiedad y de gestión independiente. En el cumplimiento de la ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial, ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales. Los agentes no ejercen el corretaje inmobiliario.