Ubicado en una zona de muchísimo movimiento comercial, cerca de importantes Universidades, y con mucho potencial para el desarrollo urbanìstico, ofrecemos un inmeble con diversas posibilidades: desde la construcciòn de un edficio de PB +5 pisos ( esta info es orientativa y solo se expresa a título informativo) , o la reforma de una vivienda tradicional, techos altos, con bovedilla, patio, galería y cielo abierto, y también un local comercial o un depósito.
Sobre un lote de 7.42x22m fondo.
lote 160m2.
Syuperficie Vendible ( aprox. 630m2)
Tipologia USAM
Son las áreas de la ciudad con alturas de escala media, adecuadas para un carácter residencial mixto con cercanía a corredores y centros barriales. La edificabilidad máxima se correspdas donde con una Altura Máxima de diecisiete metros con veinte centímetros (17,20m). (Ver más en Art. 6.2.4) .La altura podrá variar si: existe algún edificio lindero Catalogado (Artículo 3.6 Anexo II) o la altura del edificio lindero es mayor a la de la Unidad de Edificabilidad (Artículo 6.5.5). Se deberán tener en consideración aquellos retiros o patios que requiera la parcela para tener el área edificable final según los artículos . Extensiones vinculadas al Espacio Libre de .Manzana, 6.4.2.3. Edificabilidad en las parcelas no alcanza
Completamiento de Tejido o Edificabilidad
Esta parcela posee edificios linderos que la hace plausible al completamiento de tejido o edificabilidad según el Artículo 6.5.5. Verificar con el organismo competente su aplicación y de qué tipo.
Área edificable en planta
162,9 m²
Altura Máxima
17,2 m
Altura Máxima Plano Límite
24.2 m
Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4:
Corresponde a las áreas y corredores destinados a residencia, depósitos, equipamiento, servicios y comercios de afluencia masiva. Los usos que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3, de la Ley 6361. En el mismo se referencia si el rubro está permitido en el área de mixtura, la superficie máxima por unidad de uso, si requiere consulta al Consejo "C". Asimismo, se indican los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. Las actividades productivas e industriales se encuentran permitidas en todo el ejido de la Ciudad. Éstas deben dar cumplimiento al Cuadro de Usos del Suelo Industrial 3.11.2, y al Anexo del Decreto N°86/19, reglamentación de la Ley N°2216, en donde se incorporan los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga Aviso publicado por Pixel Inmobiliario (Servicio de Páginas Web para Inmobiliarias). #1740