Corredor Responsable: Javier Alejandro Carranza CMCPDJLM 915 CPI 8776 -
Contacto: Nicolás Gael Legaspi
MONOAMBIENTE EN ALQUILER – VILLA LURO
Excelente monoambiente de 31 m², ubicado en una zona estratégica de Villa Luro, ideal para quienes buscan comodidad, luminosidad y buena conectividad.
La propiedad se destaca por sus ambientes luminosos, su distribución funcional y un atractivo balcón terraza, perfecto para disfrutar del aire libre y aprovechar un espacio extra.
Ubicación privilegiada, con cercanía a comercios, medios de transporte y servicios esenciales.
31 m²
Balcón terraza
Muy luminoso
Excelente ubicación
Bajas expensas
Una excelente opción para quienes buscan su próximo hogar en un entorno práctico y bien conectado.
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RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.