Puerto Madero | Exclusivo Local Comercial en Esquina – Forum Puerto Madero
Mariquita Sánchez de Thompson 300 | 200 m² Totales | Ubicación Premium
En el corazón de Puerto Madero, dentro del perímetro comercial exterior del prestigioso complejo Forum Puerto Madero, se encuentra este exclusivo local en esquina, una propuesta ideal para empresas y marcas que buscan establecerse en uno de los entornos corporativos y residenciales más distinguidos de Buenos Aires. Ubicado sobre Mariquita Sánchez de Thompson al 300, frente a las oficinas de ICBC, el inmueble se destaca por su emplazamiento estratégico, visibilidad comercial y cercanía a importantes edificios corporativos, entidades financieras y residencias de categoría.
La propiedad cuenta con una superficie total de 200 m² distribuidos en dos niveles:
- Planta baja: 95 m².
- Subsuelo: 105 m².
Su planta semilibre de columnas permite una distribución flexible y un óptimo aprovechamiento de los espacios, facilitando su adaptación a diferentes propuestas comerciales y corporativas.
Dispone de baño, ventilación y una configuración que ofrece múltiples posibilidades de uso. No cuenta con instalación de gas.
Puerto Madero se ha consolidado como uno de los principales polos empresariales, gastronómicos y residenciales de Buenos Aires, concentrando compañías internacionales, oficinas corporativas, hoteles y desarrollos inmobiliarios de primer nivel.
Su entorno combina una importante actividad empresarial con residentes de alto poder adquisitivo y circulación de público vinculada a oficinas, bancos y servicios.
La ubicación en esquina, dentro del reconocido complejo Forum Puerto Madero, representa un diferencial para aquellas empresas que priorizan presencia institucional, posicionamiento de marca y accesibilidad.
Por sus características, superficie y ubicación, resulta especialmente atractivo para:
- Marcas premium y locales comerciales de primera línea.
- Entidades bancarias y servicios financieros.
- Showrooms y concesionarias.
- Empresas y oficinas comerciales.
- Estudios profesionales y consultoras.
- Centros de estética, bienestar y wellness.
- Gastronomía liviana.
Destinos permitidos: amplio espectro de actividades comerciales, con exclusión de funerarias, tintorerías, pescaderías y locutorios.
La gastronomía liviana se encuentra contemplada entre los usos posibles, sujeta a las habilitaciones correspondientes.
Condiciones de alquiler
Valor mensual: USD 4.000 + IVA
- Opción de pesificación con actualización trimestral por IPC.
- Depósito en garantía: USD 5.000 billete.
- Garantía propietaria excluyente.
- Honorarios inmobiliarios: 5% sobre el valor total del contrato.
- Sellado del contrato y certificación de firmas a cargo del locatario
Disponibilidad: enero de 2027.
Por su ubicación en esquina, su superficie y su pertenencia a uno de los complejos más reconocidos de Puerto Madero, esta propiedad constituye una excelente alternativa para empresas que buscan consolidar su presencia en un entorno de prestigio.
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AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los impuestos, tasas y facturas. Las medidas exactas surgirían de los planos aprobados y del título de propiedad. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.
LEY Nº 5859 - Articulo. 4º:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
LEY Nº 5115 C.A.B.A.:
Artículo 1°.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2°.- Los avisos mencionados en el articulo 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- La presente Ley entrara en vigencia a los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
"La Publicación de este Inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la Propiedad está supeditada a que el Propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n° de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general nro. 2371 de AFIP."
Matricula CUCICBA Nº 6354