DISPONIBLE ALQUILER TEMPORARIO - AMOBLADO.
Ubicado al contrafrente, en un 5° piso sobre Av. Scalabrini Ortíz al 1700 (casi Nicaragua) máximo.
Su decoración minimalista, fresca y elegante, lo muestra como una gran opción para vivir en una zona siempre muy buscada: Palermo Soho, con sus restaurantes, cafeterías de especialidad, locales de moda y decoración e infinidad de comercios.
•Cocina equipada con anafe de dos hornallas a gas, heladera con frezzer, microondas, tostadora, pava eléctrica.
•TV LCD de 50"
•Cama tipo Queen
•Barra y dos banquetas de hierro e hilo
•Escritorio rebatible para Home Office.
•Baño completo con bañera, termotanque eléctrico.
•Placard con puertas corredizas.
•Cortinas roller black out y sunscreen
•El edificio cuenta con una pequeña terraza, y cuenta con cocheras subterráneas.
Incluye:
•Expensas
•Agua.
A cargo del inquilino:
•Luz.
•Gas.
•Cable - wifi.
Requisitos:
•Mes adelanto.
•Mes deposito.
•Honorarios 20% (del total del contrato).
•Limpieza: USD 90.
•Ingresos demostrables.
•En caso de ser estudiante, certificación de alumno regular.
Ubicación:
En la cercanía (no más de dos cuadras) podrás encontrar un supermercado Carrefour abierto las 24 hs, un lavadero "5aSec", librerías (Thesis y Staples), pinturerías como Prestigio e innumerables locales de moda , diseño y gastronómicos, entre ellos, locales de cafetería de especialidad, restaurantes veganos y/o vegetarianos y de los más tradicionales también. Además, muchas líneas de colectivos pasan por Av. Scalabrini Ortíz, el subte línea "D" se encuentra a unas cuadras y un poco más lejos, la línea "B".
Para conocer la disponibilidad y cualquier otra información, podrás enviarnos un email a ****
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Ley 5115.
El inmueble es accesible para personas con movilidad reducida.
LEY 5859 - ART. 5
Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoria de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios sera el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.
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