Departamento de categoría en venta – Arroyo al 800
Ubicado en una de las calles más distinguidas de la ciudad, este amplio departamento de 4 ambientes al contrafrente combina privacidad, confort y excelente calidad constructiva.
La unidad cuenta con entrada por palier privado y doble circulación, lo que asegura una distribución funcional y una clara separación entre las áreas sociales y privadas.
El living y comedor se destacan por sus generosas dimensiones, luminosidad y ventilación natural.
La cocina es amplia, con comedor diario, muebles completos y lavadero independiente. Además, dispone de dependencia de servicio, con baño propio, ideal como espacio auxiliar o de apoyo.
El sector íntimo ofrece tres dormitorios, todos con placares empotrados de piso a techo y ventilación al exterior.
El dormitorio principal es en suite, y el departamento se completa con un baño completo adicional y toilette de recepción.
Cochera fija cubierta incluida, con posibilidad de adquirir una segunda cochera.
Edificio de categoría, con seguridad las 24 horas y servicios centrales, brindando confort y tranquilidad durante todo el año.
Una propiedad ideal para quienes buscan ambientes amplios, excelente distribución y una ubicación privilegiada, en una zona residencial de alto nivel, con cercanía a comercios, servicios y accesos principales.
**Corredor Inmobiliario Responsable Adrian Ridelnik CUCICBA Mat 197. y Mauro Ridelnik CUCICBA Mat 6933 y CMCPSI 7060**
Todas las operaciones en las que participen nuestros asesores comerciales independientes son gestionadas, supervisadas y monitoreadas por un Corredor Público debidamente matriculado.”
*Se deja constancia que las medidas y superficies indicados son aproximados y al sólo efecto orientativo. Las medidas reales surgirán del título de propiedad respectivo. Las medidas parciales y/o de los ambientes y el valor consignado de expensas mensuales, servicios y ABL está sujeto a verificación y/o ajuste. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A "Para los casos de alquiler de vivienda única, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias cuando el destino sea vivienda única y permanente ".-