Complejo turístico con playa sobre el Río San Antonio – Delta de Tigre
Ubicado sobre el Río San Antonio, en el Delta de Tigre, a tan solo 20 minutos del puerto, este exclusivo parador turístico se presenta como una oportunidad única de inversión con múltiples unidades de negocio en funcionamiento.
La propiedad cuenta con una superficie total de 2.516 m² de terreno y 275 m² cubiertos, desarrollados en un entorno natural privilegiado con amplio frente sobre río y arroyo. Se encuentra escriturada en su totalidad y con impuestos al día, lista para continuar con la actividad comercial actual.
Actualmente funciona como parador turístico con playa de arena, restaurante concesionado en temporada y centro deportivo orientado a actividades náuticas como kayak, SUP, wakeboard y esquí acuático. Además, el predio se explota para la realización de eventos corporativos, sociales, casamientos y celebraciones privadas, generando diversas fuentes de ingresos complementarias, incluyendo acuerdos de publicidad y sponsors activos en el lugar.
Existe la posibilidad de transferir la marca comercial, sponsors y página web posicionada, lo que permite una continuidad operativa inmediata.
El complejo dispone de un salón vidriado de doble altura con vista abierta al río, cocina industrial completamente equipada, terraza, deck y barra exterior. Cuenta también con una cabaña independiente habitable, baños para público y personal, depósitos, sistema de bombas y tanques de agua.
En el sector costero se destaca un muelle propio con elevador eléctrico para embarcaciones, playa privada y espacios verdes parquizados que consolidan una experiencia diferencial dentro del Delta.
El inmueble presenta un gran potencial de desarrollo adicional, ideal para proyectos de glamping, tiny houses, cabañas, spa all inclusive, guardería náutica o varadero, entre otros emprendimientos turísticos o comerciales.
Por sus características, ubicación y versatilidad, es una propiedad ideal para inversores turísticos, desarrolladores gastronómicos, organizadores de eventos o quienes buscan un espacio exclusivo tanto para uso comercial como recreativo o residencial.
Se aceptan inmuebles o embarcaciones en parte de pago y se escuchan propuestas razonables.
Una inversión sólida, con negocio en marcha, frente al río y amplias posibilidades de crecimiento.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.