Alquiler de Departamento de 2 ambientes, completamente amoblado y equipado, en el corazón de Palermo Hollywood.
Living comedor a balcón al frente, cocina integrada, toilette de recepción, dormitorio en suite con ventana al frente. Calefacción por losa radiante. A/A (frío/calor) en el Living Comedor y Dormitorio. Agua caliente central.
Terraza con Pileta, SUM con Parrilla con su baño.
Excelente ubicación: A 2 cuadras de Av. Santa Fe y a 3 cuadras de Av. Juan B. Justo y de la clínica Los Arcos, con todos los medios de transporte, a 4 cuadras del shopping Los Arcos y a 10 cuadras de Av. Córdoba. La zona se caracteriza por la gran oferta gastronómica y tiendas de diseño.
No se aceptan mascotas.
Plazo de alquiler: 6 meses (mínimo)/12/24 meses.
Condiciones de ingreso (Contrato en pesos -con ajuste trimestral por IPC- o dólares, a convenir):
- 1 mes de adelanto
- 1 mes de depósito en garantía
- Garantía Propietaria o seguro de caución
- Comprobante de ingresos
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.