Departamento 2 ambientes en alquiler con Balcon al frente en 6to piso – Villa Urquiza | Av. Congreso 5065
Edificio con solo 2 unidades por piso
Living-comedor:
Piso de madera
Aire acondicionado frío/calor
Salida a balcón al frente con mesa y sillas
Cocina integrada:
Barra desayunador
Muebles bajo y sobre mesada
Cocina Longvie
Doble bacha con canilla monocomando
Dormitorio:
Placard con 2 puertas corredizas (integrado en mueble divisorio tipo rack)
Calefactor tiro balanceado
Ventana al pulmón con persiana
Espejo de piso a techo
Baño completo:
Bañera
Vanitory
Inodoro y bidet
Destacado:
Muy funcional
Buena distribución
Luminoso
El Departamento se encuentra en una ubicación privilegiada en el corazón de Villa Urquiza, un Barrio tranquilo pero a su vez con muchos locales, barcitos y lugares para desayunar, almorzar y/o tomar algo.
Se encuentra cerca de la estación de Tren y de la estación de Subte B.
Condiciones de locacion Residencial:
1 mes de alquiler por adelantado
2 meses de deposito en garantia
Ajuste Trimestral por ICL
Garantia Propietaria o Seguro de caucion
Gastos de (Expensa, Luz, Gas Abl, Internet, Agua) a cargo del Locatario.
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.