Departamento super exclusivo en Village Las Lomas
Con inmejorable distancia los accesos y enfrente al golf de San Isidro, nos encontramos con este departamento con palier privado ubicado en el primer piso por ascensor o escalera, posee una baulera en el palien y entrada principal y de servicio.
Ingresamos por un comedor de 6,5 x 3 en L al living de 8 x 3,5 todo con vista al balcon terraza con parrilla que cuenta espacio para mesa y bancos y living en el balcon terraza.
Pasillo distribuidor a la cocina y dormitorios, toilette, y lugar de guardado en los pasillos.
Dormitorio ppal en suite con baño compartimentado, amplios placares a lo largo del pasillo y ventana al contrafrente.
Dos dormitorios que comparten otro baño completo.
Cocina con pisos damero y comedor diario, con abusndante lugar de guardado.
Lavadero separado , habitacion de servicio con baño.
AA en todos los ambientes, calefaccion por loza radiante.
Cochera semicubierta en la entrada al palier.
Estacionamiento de cortesia
Amenities: pileta con solarium , dos canchas de tenis y fronton.
Amplios jardines para disfrutar al aire libre
Seguridad 24 hs.
Expensas de Abril $ 1.500.000
Corredor interviniente CABA y PBA : Sebastián Gonzales Chaves CUCICBA 7716 - CMCPSI 6876
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones CABA - CUCICBA
Para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
LEY 5859 – ART. 4:
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.