Depósito alquiler Paternal (CONTRATO EN PESOS)
Se trata de un depósito ubicado sobre la calle Almirante Francisco Juan Segui 2549 entre Gral. Manuel A. Rodriguez y Av. Warnes en el Barrio de Paternal. Esta construido sobre una superficie de terreno de 970m² sobre 19,78m de frente por 49m de fondo todo cubierto más una planta, lo que estaría dando una superficie total aproximada de 1700m². Se ingresa por una entrada peatonal y una entrada de contenedor de 5m de altura por 6m de ancho con persiana de enrollar eléctrica, con espacio interior libre para el camión de 21m. Planta Baja: Recepción con baño, vestuario y un sector de showroom u oficina. A la derecha del ingreso un sector de inspección de ingreso- egreso. La altura e la planta baja que es de losa tiene 4,5m de altura a filo de la losa. Posee una cinta transportadora para subir mercadería de la cola de camión hasta el primer piso.
En el primer piso hay sector de depósito de mercadería con 6m de altura, aparte sector de oficinas con kitchenette y baño. Posee luz trifásica, agua corriente (Aysa) e Instalación de prevención contra incendio. Techos de chapa con aislación en el primer piso. Con respecto a la habilitación posee Mixtura de Usos: 3 y el depósito se encuentra en buen estado.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
© 2026. En cumplimiento con la normativa vigente, los asistentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. La intermediación y conclusión de las operaciones inmobiliarias es desarrollada por Martilleros y Corredores Públicos. Esta Oficina Inmobiliaria se encuentra a cargo de Diego Pablo Novello, CPI 7245- CSI 6481, ****-6, Roosevelt 5399.
En CABA, se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.
Las medidas, superficies y expensas consignadas en la presente publicación son aproximadas y al solo efecto orientativo. Las definitivas surgirán del título de propiedad, planos y/o estado parcelario.
Ley 5115 – Inmueble no accesible para personas con movilidad reducida
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