Requisitos para alquilar en Argentina 2026: qué te piden y qué no te pueden cobrar
13 min de lectura
por Roomix
Requisitos para alquilar en Argentina 2026
Respuesta corta: para alquilar una vivienda en Argentina hoy te piden cuatro cosas: una garantía (propietaria o seguro de caución), ingresos demostrables —la regla de mercado es el triple del alquiler—, un depósito (en la práctica, 1 mes) y documentación personal (DNI, CUIL y comprobantes). Ninguno de estos requisitos es obligatorio por ley: desde el DNU 70/2023, que derogó la Ley 27.551, las locaciones se rigen por el Código Civil y Comercial con libertad contractual, así que todo se negocia entre las partes. Lo que sí está regulado es lo que no te pueden cobrar: en la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 5859 prohíbe cobrarle comisión inmobiliaria y gastos de gestoría de informes al inquilino persona física.
¿Qué requisitos piden para alquilar en Argentina en 2026?
Requisito
Qué es en concreto
¿Lo exige la ley?
Garantía
Propietaria, seguro de caución, fianza bancaria o depósito reforzado
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Práctica de mercado: 1 mes de alquiler (2 en propiedades premium)
No. Monto y moneda libres (CCyC)
Documentación personal
DNI o pasaporte, CUIL/CUIT, comprobantes de ingresos
No, pero sin ella no se firma
Comisión inmobiliaria
Prohibida al inquilino en CABA (Ley 5859)
Sí, prohibición vigente
Sellado del contrato
Locación con destino vivienda: exenta en CABA
Sí, exención vigente
Fuentes: DNU 70/2023 (deroga la Ley 27.551); Código Civil y Comercial; Ley CABA 5859 y Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires; Ley 6927 (Ley Impositiva CABA 2026) y arts. 370 y 475 del Código Fiscal de CABA. Los porcentajes de ingresos y depósito son prácticas de mercado, no normas.
Las tres primeras filas son las que frenan la mayoría de las operaciones. Las tres últimas son las que más plata te ahorran si las conocés, porque son las que algunas inmobiliarias siguen cobrando de más.
¿Qué garantía te piden para alquilar?
Una garantía de alquiler es un respaldo económico que le asegura al propietario que va a cobrar aunque el inquilino deje de pagar. No hay un tipo obligatorio: propietario e inquilino acuerdan cuál se presenta, y el propietario puede rechazar la que no le convenza.
En el mercado se usan seis modalidades. Estas son las tres que concentran casi todas las operaciones:
Garantía
Costo para el inquilino
Cuánto tarda
Propietaria (un garante con inmueble)
Sin costo directo; se pagan los informes de dominio e inhibición
La garantía propietaria sigue siendo la más aceptada y la más barata, pero exige algo que muchos no tienen: un familiar o amigo con una escritura a su nombre, libre de hipotecas y embargos, y con frecuencia en la misma jurisdicción del alquiler.
El seguro de caución es el reemplazo directo: una aseguradora sale de garante a cambio de una prima que no se recupera. Es el camino más rápido si trabajás en blanco y tenés historial crediticio limpio.
¿Cuántos ingresos hay que demostrar para alquilar?
La regla que aplican casi todas las inmobiliarias argentinas es 3× el valor del alquiler: si el alquiler pedido es $600.000, te van a pedir ingresos demostrables por $1.800.000 mensuales. No está en ninguna ley; es un criterio de riesgo del sector, y por lo tanto es negociable, sobre todo en trato directo con el propietario.
Cómo se acredita según tu situación:
Empleado en relación de dependencia: últimos 3 recibos de sueldo y constancia de empleo. Es el caso más simple.
Monotributista: constancia de inscripción, Constancia de Cumplimiento Fiscal (CUFIS), 6 meses de extractos bancarios, últimas facturas emitidas y carta de solvencia de un contador matriculado. El paso a paso está en alquilar con monotributo.
Autónomo o freelance sin monotributo: extractos bancarios de 6 a 12 meses y contratos vigentes. Es el perfil más difícil; conviene compensar con seguro de caución.
Jubilado: recibo de haberes de ANSES. Suele computarse igual que un recibo de sueldo.
Si tus ingresos no llegan al múltiplo pedido, hay tres salidas que las inmobiliarias aceptan: sumar cotitulares (dos personas firmando el contrato suman ingresos), presentar un garante con ingresos además de la garantía, o bajar el rango de alquiler. Para lo último, filtrar por precio desde el arranque ahorra visitas al pedo: mirá los monoambientes en alquiler o los departamentos de 2 ambientes en alquiler.
¿Cuánto es el depósito y qué pasa post-DNU?
El depósito de garantía es la suma que el inquilino entrega al inicio del contrato para cubrir daños o deudas al final. Desde el DNU 70/2023, el monto y la moneda son de libre acuerdo entre las partes: ya no rige el tope de un mes por año de contrato que fijaba la Ley 27.551. La guía oficial Ley Simple de alquileres del Ministerio de Justicia lo confirma: las partes pueden establecer libremente el monto, la moneda y la forma de devolución.
Qué pasa en la práctica hoy:
Lo más común sigue siendo 1 mes de alquiler.
En propiedades premium o con mayor riesgo percibido, 2 meses.
El depósito no se actualiza durante el contrato, aunque el alquiler sí se ajuste.
Se devuelve al entregar las llaves: el mercado acepta hasta 30 días si hay que verificar servicios y deudas finales, y 15 días si no hay complejidades.
El propietario solo puede descontar daños imputables al inquilino, nunca el desgaste normal de uso. Por eso el inventario fotográfico del día de entrada es la única defensa real que tenés. El detalle de qué se puede y qué no se puede descontar está en la guía del depósito de garantía.
¿Qué documentación te piden para firmar?
Esta es la carpeta base que pide cualquier inmobiliaria. Cambia poco entre CABA, GBA e interior:
Del inquilino
DNI vigente (o pasaporte, si sos extranjero)
CUIL o CUIT
Últimos 3 recibos de sueldo, o el legajo equivalente según tu situación fiscal
Constancia de domicilio actual (una factura de servicios sirve)
Referencias del alquiler anterior, si tuviste
Del garante propietario (si esa es la garantía)
DNI y constancia de CUIL/CUIT
Título de propiedad del inmueble ofrecido
Informe de dominio actualizado (acredita titularidad y gravámenes)
Informe de inhibición
Recibos de sueldo o comprobantes de ingresos
Si presentás seguro de caución
DNI e ingresos demostrables para la evaluación crediticia de la aseguradora
Antigüedad laboral mínima, que en la mayoría de los casos es de 6 meses
La póliza emitida, que es lo que entregás en lugar de la garantía propietaria
¿Qué no te pueden cobrar al alquilar?
Acá es donde más plata se pierde por desconocimiento.
En la Ciudad de Buenos Aires rige la Ley 5859, que prohíbe cobrarle a los inquilinos personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes. La comisión por el alquiler le corresponde al propietario y no puede superar el 4,15% del valor total del contrato, según informa la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Si una inmobiliaria porteña te pide comisión, está incumpliendo la ley y podés reclamar la restitución.
El truco habitual para esquivarla son los cargos con otro nombre: "gastos administrativos", "gastos de legajo", "honorarios de gestión". Pedí siempre el detalle por escrito de todo lo que te cobran antes de transferir.
El sellado del contrato. En CABA, los contratos de locación con destino vivienda están exentos del Impuesto de Sellos (arts. 370 y 475 del Código Fiscal de CABA). La excepción son las locaciones y sublocaciones de viviendas amuebladas con fines turísticos. La alícuota general para contratos de locación de otros destinos es del 0,5%, según la Ley 6927 (Ley Impositiva CABA 2026). Dicho de otro modo: si alquilás para vivir en CABA, no corresponde sellado.
En el resto de las provincias el tratamiento del sellado cambia. Pedile a la inmobiliaria la norma provincial concreta antes de pagar cualquier ítem que no entiendas.
¿Qué requisitos piden según tu situación?
Monotributista
Reemplazás el recibo de sueldo por un legajo de cuatro piezas: constancia de inscripción en Monotributo, Constancia de Cumplimiento Fiscal (CUFIS), 6 meses de extractos bancarios y una carta de solvencia firmada por contador matriculado. Sumar las últimas 3 a 6 facturas emitidas refuerza el caso. Para la garantía, el seguro de caución es la alternativa que más propietarios aceptan. Paso a paso completo en alquilar con monotributo.
Extranjero sin DNI argentino
Se puede alquilar con pasaporte vigente: los contratos de locación pueden firmarse con él. La pieza clave es el CUIL, que se tramita en ANSES de forma gratuita y sin necesidad de residencia permanente, y que habilita a firmar contratos formales y a tramitar el seguro de caución. Sin garante local, el seguro de caución o un depósito reforzado son las vías más transitadas. La guía específica es alquilar en CABA siendo extranjero.
Sin recibo de sueldo
Si trabajás informalmente o cobrás por fuera del sistema, el camino es demostrar flujo de fondos: extractos bancarios de 6 a 12 meses que muestren ingresos consistentes, más un garante propietario. El seguro de caución acá es más difícil, porque las aseguradoras evalúan capacidad de pago verificable. La guía para alquilar sin garantía cubre las alternativas.
Estudiante
El perfil estudiante casi nunca cumple la regla de los 3×, así que el contrato se firma con los ingresos de un tercero: padre, madre o tutor como cotitular o garante, con sus propios recibos de sueldo e informes. Es más simple que buscar un seguro de caución sobre un ingreso que no existe. Si compartís departamento, verificá que el contrato liste a todos los convivientes: eso define quién responde por qué.
Jubilado
El recibo de haberes de ANSES funciona como comprobante de ingresos. El obstáculo suele ser el múltiplo: si el haber no llega a 3× el alquiler, se resuelve con cotitular o con un garante adicional.
Checklist de requisitos para alquilar (para copiar)
Copiá esta lista, marcá lo que ya tenés y llevala a la inmobiliaria. Con esto entrás a cualquier operación sin sorpresas.
CHECKLIST — REQUISITOS PARA ALQUILAR
── 1. DOCUMENTACIÓN PERSONAL ──────────────────────
[ ] DNI vigente (o pasaporte, si sos extranjero)
[ ] CUIL / CUIT
[ ] Constancia de domicilio actual (factura de servicio)
[ ] Referencias del alquiler anterior (si tuviste)
── 2. INGRESOS ────────────────────────────────────
Objetivo de mercado: 3 × el valor del alquiler
Empleado en relación de dependencia:
[ ] Últimos 3 recibos de sueldo
[ ] Constancia de empleo
Monotributista:
[ ] Constancia de inscripción en Monotributo
[ ] Constancia de Cumplimiento Fiscal (CUFIS)
[ ] 6 meses de extractos bancarios
[ ] Últimas 3 a 6 facturas emitidas
[ ] Carta de solvencia de contador matriculado
Jubilado:
[ ] Recibo de haberes ANSES
Si no llegás al múltiplo:
[ ] Cotitular que sume ingresos
[ ] Garante con ingresos demostrables
── 3. GARANTÍA (elegí una) ────────────────────────
[ ] Garantía propietaria
[ ] DNI y CUIL/CUIT del garante
[ ] Título de propiedad del inmueble
[ ] Informe de dominio actualizado
[ ] Informe de inhibición
[ ] Ingresos del garante
[ ] Seguro de caución
[ ] Ingresos demostrables + antigüedad laboral (6 meses habitual)
[ ] Póliza emitida
[ ] Fianza bancaria
[ ] Depósito reforzado
── 4. DINERO AL FIRMAR ────────────────────────────
[ ] Primer mes de alquiler
[ ] Depósito (práctica de mercado: 1 mes)
[ ] Prima del seguro de caución, si aplica
── 5. LO QUE NO CORRESPONDE PAGAR ─────────────────
[ ] Comisión inmobiliaria — PROHIBIDA al inquilino
persona física en CABA (Ley 5859)
[ ] Gastos de gestoría de informes — PROHIBIDOS en CABA
[ ] Sellado del contrato — locación de vivienda
EXENTA en CABA
[ ] Cualquier ítem sin detalle escrito
── 6. ANTES DE FIRMAR ─────────────────────────────
[ ] Leer el contrato completo
[ ] Índice y frecuencia de ajuste por escrito
[ ] Monto del depósito y condiciones de devolución
[ ] Qué gastos son tuyos y cuáles del propietario
[ ] Condiciones de rescisión anticipada
[ ] Inventario fotográfico + video, firmado por ambas partes
[ ] Enviarlo por mail el mismo día (queda el timestamp)
No. Desde el DNU 70/2023 no existe un tipo de garantía obligatorio ni una obligación legal de presentar una: es un acuerdo entre las partes. Ahora bien, en la práctica el propietario puede negarse a alquilar si no le ofrecés la garantía que pide, y eso también es su derecho.
¿Cuánto tiempo dura un contrato de alquiler de vivienda?
Si las partes fijan un plazo, vale el que hayan acordado. Si el contrato no lo fija, el Código Civil y Comercial (art. 1198, según el texto del DNU 70/2023) lo considera de 2 años cuando el destino es vivienda permanente.
¿Pueden pedirme comisión inmobiliaria si alquilo en CABA?
No, si sos persona física y alquilás para vivienda. La Ley 5859 de la Ciudad de Buenos Aires prohíbe cobrarle comisión y gastos de gestoría de informes al inquilino. La comisión la paga el propietario, con un tope del 4,15% del valor total del contrato.
¿Puedo alquilar sin recibo de sueldo?
Sí, pero necesitás reemplazarlo. Las tres vías que funcionan son extractos bancarios de 6 a 12 meses que muestren ingresos consistentes, un garante propietario con ingresos propios, y un cotitular que sume ingresos al contrato.
¿Qué pasa si el propietario me pide 3 meses de depósito?
Es legal: desde el DNU 70/2023 el monto es de libre acuerdo. Pero está muy por encima de la práctica de mercado, que es 1 mes (2 en propiedades premium), así que es un punto de negociación válido y una señal para comparar con otras opciones.
¿Los requisitos son distintos en el interior del país?
Los requisitos de fondo son los mismos —garantía, ingresos, depósito y documentación—, porque la normativa de locaciones es nacional. Lo que cambia son dos cosas locales: la prohibición de cobrar comisión al inquilino, que es de CABA y no rige en todas las jurisdicciones, y el tratamiento del Impuesto de Sellos sobre el contrato, que fija cada provincia.
Empezá la búsqueda con los requisitos ya resueltos
Tener la carpeta armada antes de visitar acorta la operación de semanas a días: cuando aparece el departamento que te gusta, la garantía y el legajo ya están listos y no lo perdés por demora.